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¿Qué trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de las empresas?

  • SAT
  • 31 jul 2019
  • 1 Min. de lectura

Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón a excepción de los siguientes: • Los directores, administradores y gerentes generales de la empresa. • Socios o accionistas de la empresa. • Trabajadores eventuales, que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades. • Profesionistas, técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado. • Los trabajadores domésticos.

 
 
 

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